sábado, 22 de mayo de 2010

SEÑALIZACION

Señalización de seguridad. Principios fundamentales.

La Señalizacion es el conjunto de estimulos que condicionan la actuación de la persona que los capta, frente a determinadas situaciones que se intenta resaltar.

EN TERMINOS DE SEGURIDAD llamar la atencion sobre los objetos o situaciones que pueden provocar peligros, así como indicar donde estan los dispositivos y equipos relacionados con la seguridad en los puestos de trabajo.

Para mas información consultar el Real Decreto 485/1997 de 14 de Abril

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN EL PROCESO DE SEÑALIZACION

•Aunque la información de la señalización sea eficaz, en ningun caso elimina el riesgo.
•Aunque el sistema de señalización sea eficaz, no exime el uso de las medidas de prevención necesarias.
•El adecuado conocimiento de la señalización por parte de los trabajadores implica la responsabilidad del empresario de formar a los mismos.









Este cartel no exime del uso del resto de medidas de protección

Las señales que normalmente nos encontramos, suelen estar indicadas en forma de panel y tienen las siguientes caracteristicas:


•Una señal puede contener, la combinación de una forma geométrica, de colores y de un símbolo o pictograma, y proporciona una determinada información, cuya visibilidad está asegurada por una iluminación de suficiente intensidad. A continuación repasamos los aspectos y partes más importantes de una señal, asi como las mas representativas en el mundo laboral.

•Símbolo o pictograma: Es la imagen que describe una situación u obliga a un comportamiento determinado, utilizada sobre una señal en forma de panel o sobre una superficie luminosa.

Atendiendo a la función de la señal debera de reunir unas formas y dimesiones determinadas, clasificandolas en las siguientes:

– SEÑALES DE ADVERTENCIA
Forma triangular. Pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal), bordes negros.Como excepción, el fondo de la señal sobre “materias nocivas o irritantes” será de color naranja, en lugar de amarillo, para evitar confusiones con otras señales similares utilizadas para la regulación del tráfico por carretera.

– SEÑALES DE PROHIBICIÓN
Forma redonda. Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma a 45° respecto a la horizontal) rojos (el rojo deberá cubrir como mínimo el 35 por 100 de la superficie de la señal).

–SEÑALES DE OBLIGACIÓN
Forma redonda. Pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal).

–SEÑALES DE SALVAMENTO O SOCORRO
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo verde (el verde deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal.



símbolos de riesgo
Símbolo de riesgo y nombre


Símbolo de riesgo


Clasificación: Estos productos químicos causan destrucción de tejidos vivos y/o materiales inertes.
Precaución: No inhalar y evitar el contato con la piel, ojos y ropas.
•Ácido clorhídrico
•Ácido fluorhídrico


Símbolo de riesgo E = Explosivo




Clasificación: Sustancias y preparaciones que pueden explotar bajo efecto de una llama o que son más sensibles a los choques o fricciones que el dinitrobenceno.
Precaución: evitar golpes, sacudidas, fricción, flamas o fuentes de calor.
•Nitroglicerina

Símbolo de riesgo O = Comburente




Clasificación: Sustancias que tienen la capacidad de incendiar otras sustancias, facilitando la combustión e impidiendo el combate del fuego.
Precaución: evitar su contato con materiales combustibles.
•Oxígeno
•Nitrato de potasio
•Peróxido de hidrógeno

Símbolo de riesgo F = Inflamable




Clasificación: Sustancias y preparaciones:

•que pueden calentarse y finalmente inflamarse en contacto con el aire a una temperatura normal sin empleo de energía, o
•sólidas, que pueden inflamarse fácilmente por una breve acción de una fuente de inflamación y que continúan ardiendo o consumiéndose después de haber apartado la fuente de inflamación, o
•líquidas que tiene un punto de inflamación inferior a 21 ºC, o
•gaseosas, inflamables en contacto con el aire a presión normal, o
•que, en contacto con el agua o el aire húmedo, desenvuelven gases fácilmente inflamables en cantidades peligrosas;
Clasificación: evitar contacto con materiales ignitivos (aire, agua).
•Benceno
•Etanol
•Acetona

Símbolo de riesgo F+ = Extremadamente inflamable




Clasificación: Sustancias y preparaciones líquidas, cuyo punto de inflamación se sitúa entre los 21 ºC y los 55 ºC;
Precaución: evitar contacto con materiales ignitivos (aire, agua).
•Hidrógeno
•Etino
•Éter etílico

Símbolo de riesgo T = Tóxico




Clasificación: Sustancias y preparaciones que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden implicar riesgos graves, agudos o crónicos a la salud.
Precaución: todo el contacto con el cuerpo humano debe ser evitado.
•Cloruro de bario
•Monóxido de carbono
•Metanol

Símbolo de riesgo T+ = Muy tóxico




Clasificación: Por inhalación, ingesta o absorción a través de la piel, provoca graves problemas de salud e inclusive la muerte.
Precaución: todo el contato con el cuerpo humano debe ser evitado.
•Cianuro
•Trióxido de arsenio
•Nicotina

Símbolo de riesgo Xi = Irritante




Clasificación: Sustancias y preparaciones no corrosivas que, por contacto inmediato, prolongado o repetido con la piel o las mucosas, pueden provocar una reacción inflamatoria.
Precaución: los gases no deben ser inhalados y el contacto con la piel y ojos debe ser evitado.
•Cloruro de calcio
•Carbonato de sodio


Símbolo de riesgo Xn = Nocivo



Clasificación: Sustancias y preparaciones que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden implicar riesgos a la salud de forma temporal o alérgica;
Precaución: debe ser evitado el contato con el cuerpo humano, así como la inhalación de los vapores.
•Etanal
•Dicloro-metano
•Cloruro de potasio


Símbolo de riesgo N = Peligroso para el medio ambiente



Definición: El contacto de esa sustancia con el medio ambiente puede provocar daños al ecosistema a corto o largo plazo
Manipulación: debido a su riesgo potencial, no debe ser liberado en las cañerías, en el suelo o el medio ambiente. Tratamientos especiales tienen que ser tomados!
•Benceno
•Cianuro de potasio
•Lindan

CLASIFIACION DE LS RIESGOS



Clasificación de los riesgos:

En el momento de la vinculación de una empresa a una ARP ésta asignará una tarifa de acuerdo con la actividad principal de la empresa y la exposición a los factores de riesgo.

Para ello se han determinado cinco clases de Riesgo que contemplan las diversas actividades económicas de las empresas. Si una empresa tiene mas de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser clasificada para diferentes clases de riesgo, siempre que las instalaciones locativas, las actividades y la exposición a factores de riesgo sean diferentes.







EQUIPOS DE PROTECCION
















































RESPONSABILIDADES DE EMPLEADO Y EMPLEADOR EN LA BIOSEGURIDAD

Responsabilidad del empleado en el cumplimiento de las Normas de Bioseguridad:

A pesar de que el empleado es la razón final de un Programa de Salud Ocupacional y el mayor beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él le corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es obligación del empleado el seguimiento estricto de las Normas de Bioseguridad a fin de garantizar un trabajo seguro. La seguridad del empleado depende sobre todo de su propia conducta, lo cual está condicionado a un acto voluntario del trabajador por educación y motivación.

Estos conceptos adquieren mas significado, cuando tomamos en cuenta que la mayoría de las labores en el laboratorio clínico implican un trabajo en grupo y las fallas de un empleado pueden afectar a sus propios compañeros y a los bienesde la institución. Todos los laboratoristas son responsables de cumplir con las Normas de Bioseguridad, uso de equipo protector y notificar a su jefe inmediato cualquiera circunstancia que pudiera provocar un accidente. En resumen, el trabajo seguro de cada uno beneficiará a todos.

Responsabilidad del empleador en ofrecer elementos de seguridad:

La institución en la que se trabaja, debe proveer equipos de seguridad , equipo para el manejo de materiales potencialmente contaminados, receptáculos para material contaminado, equipo y materiales para esterilización y desinfección de los instrumentos de trabajo, el inmobiliario y las manos, gabinetes para el manejo de muestras infecciosas y sustancias tóxicas, con los cuales se pueda obtener condiciones de seguridad adecuadas para su trabajo.

Independientemente que el trabajo en el laboratorio por su naturaleza involucra riegos, el empleado no puede asumir la responsabilidad de accidentes debido a negligencias administrativas. Este concepto se establece mejor, cuando se toma en

cuenta el costode atención médica del empleado, incapacidad, etc y el deterioro de la imagen del laboratorio en materia de seguridad.

SALUD OCUPACIONAL

SALUD OCUPACIONAL

La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de tres componentes como son:

•El Régimen de Pensiones
•Atención en Salud
•Sistema General de Riesgos Profesionales.
Cada uno de los anteriores componentes tiene su propia legislación y sus propios entes ejecutores y fiscales para su desarrollo.

En el caso específico del Sistema de Riesgos Profesionales, existe un conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan, además de mantener la vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad en Salud Ocupacional.

El pilar de esta Legislación es el Decreto Ley 1295 de 1994, cuyos objetivos buscan establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores, fijar las prestaciones de atención en salud y las prestaciones económicas derivadas de las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional, vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de administración de Salud Ocupacional a través de las ARP.

Particularmente, el Decreto 1295 en su Artículo 21 Literal D, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en la empresa y su financiación. En el Artículo 22 Literal D, obliga a los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de Salud Ocupacional de las empresas.

En la Resolución 001016 de 1989 en el Artículo 4 y Paragráfo 1, se obliga a los empleadores a contar con un programa de Salud Ocupacional, específico y particular, de conformidad con sus riesgos potenciales y reales y el número de los trabajadores. También obliga a los empleadores a destinar los recursos humanos financieros y físicos, indispensables para el desarrollo y cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de acuerdo a la severidad de los riesgos y el número de trabajadores expuestos. Igualmente los programas de Salud Ocupacional tienen la obligación de supervisar las normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y en particular, en cada centro de trabajo.

Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se hace necesario que los programas de Salud Ocupacional sean entes autónomos, que dependan directamente de una unidad Staff de la empresa, para permitir una mejor vigilancia y supervisión en el cumplimiento de cada una de las normas emanadas de la Legislación de Salud Ocupacional.

De acuerdo a estos parámetros, la Universidad del Valle cuenta con la Sección de Salud Ocupacional adscrita a la Vicerrectoria de Bienestar Universitario, siendo consecuente con lo estipulado en el artículo 127 del Capítulo III Ley 30 de 1992 o Ley General de Educación, que obliga a las instituciones de Educación Superior, a contar con un modelo de Bienestar Universitario, que a través de sus entes administrativos, vele por el bienestar físico, psicoafectivo, espiritual, social y ambiental laboral, de estudiantes docentes y funcionarios que componen la comunidad universitaria.

FACTORES DE RIESGO OCUPACIONAL

Factores de Riesgo Ocupacional

FACTOR DE RIESGO
Se entiende bajo esta denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.

RIESGO
Se denomina riesgo a la probabilidad de que un objeto material, sustancia ó fenómeno pueda, potencialmente, desencadenar perturbaciones en la salud o integridad física del trabajador, así como en materiales y equipos.

FACTORES DE RIESGO FÍSICO - QUÍMICO
Este grupo incluye todos aquellos objetos, elementos, sustancias, fuentes de calor, que en ciertas circunstancias especiales de inflamabilidad, combustibilidad o de defectos, pueden desencadenar incendios y/o explosiones y generar lesiones personales y daños materiales. Pueden presentarse por:

Incompatibilidad físico-química en el almacenamiento de materias primas.
Presencia de materias y sustancias combustibles.
Presencia de sustancias químicas reactivas.

FACTORES DE RIESGO BIOLÓGICO
En este caso encontramos un grupo de agentes orgánicos, animados o inanimados como los hongos, virus, bacterias, parásitos, pelos, plumas, polen (entre otros), presentes en determinados ambientes laborales, que pueden desencadenar enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas o intoxicaciones al ingresar al organismo.

Como la proliferación microbiana se favorece en ambientes cerrados, calientes y húmedos, los sectores más propensos a sus efectos son los trabajadores de la salud, de curtiembres, fabricantes de alimentos y conservas, carniceros, laboratoristas, veterinarios, entre otros.

Igualmente, la manipulación de residuos animales, vegetales y derivados de instrumentos contaminados como cuchillos, jeringas, bisturís y de desechos industriales como basuras y desperdicios, son fuente de alto riesgo. Otro factor desfavorable es la falta de buenos hábitos higiénicos.

FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL
La interacción en el ambiente de trabajo, las condiciones de organización laboral y las necesidades, hábitos, capacidades y demás aspectos personales del trabajador y su entorno social, en un momento dado pueden generar cargas que afectan la salud, el rendimiento en el trabajo y la producción laboral.

FACTORES DE RIESGOS FISIOLÓGICOS O ERGONÓMICOS
Involucra todos aquellos agentes o situaciones que tienen que ver con la adecuación del trabajo, o los elementos de trabajo a la fisonomía humana.
Representan factor de riesgo los objetos, puestos de trabajo, máquinas, equipos y herramientas cuyo peso, tamaño, forma y diseño pueden provocar sobre-esfuerzo, así como posturas y movimientos inadecuados que traen como consecuencia fatiga física y lesiones osteomusculares.

FACTORES DE RIESGO QUÍMICO
Son todos aquellos elementos y sustancias que, al entrar en contacto con el organismo, bien sea por inhalación, absorción o ingestión, pueden provocar intoxicación, quemaduras o lesiones sistémicas, según el nivel de concentración y el tiempo de exposición.

FACTORES DE RIESGO FÍSICO
Se refiere a todos aquellos factores ambientales que dependen de las propiedades físicas de los cuerpos, tales como carga física, ruido, iluminación, radiación ionizante, radiación no ionizante, temperatura elevada y vibración, que actúan sobre los tejidos y órganos del cuerpo del trabajador y que pueden producir efectos nocivos, de acuerdo con la intensidad y tiempo de exposición de los mismos.

FACTORES DE RIESGO ARQUITECTÓNICO
Las características de diseño, construcción, mantenimiento y deterioro de las instalaciones locativas pueden ocasionar lesiones a los trabajadores o incomodidades para desarrollar el trabajo, así como daños a los materiales de la empresa, como:

Pisos, escaleras, barandas, plataformas y andamios defectuosos o en mal estado.
Muros, puertas y ventanas defectuosas o en mal estado.
Techos defectuosos o en mal estado.
Superficie del piso deslizante o en mal estado
Falta de orden y aseo.
Señalización y demarcación deficiente, inexistente o inadecuada.

FACTORES DE RIESGO ELÉCTRICO
Se refiere a los sistemas eléctricos de las máquinas, equipos, herramientas e instalaciones locativas en general, que conducen o generan energía y que al entrar en contacto con las personas, pueden provocar, entre otras lesiones, quemaduras, choque, fibrilación ventricular, según sea la intensidad de la corriente y el tiempo de contacto.

FACTORES DE RIESGO MECÁNICO
Contempla todos los factores presentes en objetos, máquinas, equipos, herramientas, que pueden ocasionar accidentes laborales, por falta de mantenimiento preventivo y/o correctivo, carencia de guardas de seguridad en el sistema de transmisión de fuerza, punto de operación y partes móviles y salientes, falta de herramientas de trabajo y elementos de protección personal.

MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO

Medicina Preventiva y del Trabajo
Son todas aquellas actividades que se realizan para promover y mejorar la salud.
Por ello efectuamos:
Exámenes médicos de ingreso
Exámenes médicos periódicos
Semana de la salud Centralista
También ofrecemos:
Servicio de Primeros Auxilios
Botiquines en oficinas

Y como tareas tenemos:
Investigación y análisis de enfermedades, determinando causas y estableciendo medidas preventivas
Elaboración de estadísticas de morbilidad

Higiene Ocupacional
Se busca identificar, reconocer, evaluar y controlar los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
Para lograrlo hacemos:
Identificación de agentes de riesgo e Implementación de controles
Evaluar con la ayuda de mediciones técnicas, la magnitud de los riesgos para determinar su real peligrosidad.
Verificar que los elementos de protección personal sean los adecuados.

Seguridad Ocupacional
Todas aquellas actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes de trabajo.
Para vivir seguros en la Universidad tenemos que:
Inspeccionar y comprobar el buen funcionamiento de equipos
Analizar las causas de los accidentes de trabajo
Elaborar y actualizar estadísticas de accidentes de trabajo
Desarrollar programas de inducción y entrenamiento para prevenir accidentes


COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

El Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO (RESOLUCION 2013 DE 1986)

Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional.

Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al











Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las exigencias de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo.

El periodo de los miembros del Comité es de dos (2) años y el empleador está obligado a proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de uno de los miembros para el funcionamiento del Comité.

Dependiendo del tamaño de la empresa el COPASO estará conformado de la siguiente manera:









Después conformado el COPASO, se pasa a nombrar el Presidente y Secretario del mismo con el objeto de mantener la coordinación, organización y funcionamiento del Comité. El presidente lo elige el Representante Legal y el secretario lo elige el comité en votación.

Por último el COPASO deberá registrase ante el Ministerio de Protección Social mediante formulario suministrado por ellos a más tardar ocho días de la conformación del mismo. Se debe anexar original y copia del Acta de Constitución firmada por todos los empleados de la empresa, así como copia del escrutinio en el cual se eligieron los miembros del comité.

CONFORMACION SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

Conformación Del Sistema General De Riesgos Profesionales

El Gobierno Nacional determinó la organización y funcionamiento del Sistema General de Riesgos Profesionales, el cual está integrado así:

a) El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El Ministerio De Salud

Tiene como función la determinación de regímenes específicos de vigilancia epidemiológica, el desarrollo de actividades de prevención y controlar la prestación del servicio de Salud a los afiliados al Sistema en las condiciones de calidad determinada por la Ley.

b) El Consejo Nacional De Riesgos Profesionales

Conformado por miembros del ministerio, Entidades ARP, Trabajadores, Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud ocupacional.

c) El Comité Nacional De Salud Ocupacional
Órgano consultivo del Sistema conformado por miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las ARP

d) El Fondo De Riesgos Profesionales
Tiene por objeto desarrollar estudios, campañas y actividades de promoción y divulgación para la prevención de Riesgos Profesionales

e) Las Juntas De Calificación De Invalidez
Organismos de carácter privado creados por la ley. Sus integrantes son designados por el Ministerio de Protección Social. A través del dictamen médico laboral, resuelven las controversias suscritas frente a la determinación del origen y/o grado de la invalidez, incapacidad permanente o parcial, enfermedad profesional, el accidente o muerte de los afiliados al Sistema .

f) La Superintendencia Bancaria
Controlan, autorizan, vigilan y garantizan el ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P

g) Las Entidades Administradoras De Riesgos Profesionales A.R.P
Compañías Aseguradoras de Vida a las cuales se les ha autorizado por parte de la Superintendecia Bancaria para la explotación del ramo de los seguros. Deben cumplir las siguientes funciones:

• Afiliar a los trabajadores
• Administrar las cotizaciones hechas al sistema
• Garantizar el reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas por parte de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
• Realizar actividades de prevención y promoción de los riesgos profesionales a las empresas afiliadas